El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se reconocía en España como un derecho a nivel Estatal, por fin, en junio de 2020.

Inmersos en plena pandemia de la Covid-19, con la consiguiente crisis económica que afectó y sigue afectando a millones de personas, fue un gran paso a nivel político y social para garantizar un mínimo de ingresos económicos con los que cubrir necesidades básicas.

Para muchas de las personas y familias que acompañamos en la Asociación Habito y en el Proyecto Habitando, que viven una situación de exclusión social y económica grave o extrema, la llegada de esta prestación ha supuesto al menos, poder contar con unos ingresos mínimos estables. Anteriormente en la Región de Murcia, las personas sin trabajo y sin derecho a prestaciones por desempleo, a no ser que tuvieran reconocida alguna prestación no contributiva, sólo accedían a ingresos mediante la Renta Básica de Inserción del IMAS, a través de la solicitud a Servicios sociales de zona. Esta prestación, con unas cuantías inferiores al IMV, es inestable en el tiempo, se concede durante un año y en general es complicado poder optar a una prórroga de la misma. Muchas de las familias que acompañamos accedían a esta prestación y cuando su situación estaba algo más estable económicamente y se estaban enfocando a trabajar otras áreas como el empleo y la formación, volvían a quedarse sin ingresos y por lo tanto volvía la situación extrema de tener que buscar alternativas muy precarias para poder subsistir, rompiendo así todos los procesos emprendidos.

Por lo tanto, el IMV ha sido crucial para que muchas familias puedan reducir su nivel de pobreza y puedan apoyarse en esa estabilidad mínima para proyectar y conseguir otros objetivos que favorezcan un futuro mejor y más inclusivo.

Pero… valorando el recorrido desde junio de 2020 hasta el momento actual ¿todas las familias en situación de exclusión social y vulnerabilidad económica han accedido al IMV?

La respuesta es no, pues al ser una prestación nueva, muchas de las situaciones que acompañamos que pueden parecer excepcionales no fueron contempladas en la normativa por lo que familias sin ningún tipo de ingreso y una situación extrema quedaron fuera, excluidas una vez más. Algunos de esos casos fueron personas que están empadronadas en un centro público, al no contar con una vivienda donde empadronarse; otros casos fueron familias que conviven con familia extensa en la misma vivienda, normalmente en situación de hacinamiento por no tener otra alternativa. En relación a esto último, cuando esas unidades familiares se separan y se empadronan en lugares diferentes, hasta que no trascurre el periodo de un año no pueden solicitar la prestación. Otras solicitudes simplemente han sido denegadas por errores al solicitar la prestación on line sin posibilidad de solucionarlo, teniendo que volver a solicitar de nuevo la prestación con el consiguiente tiempo de espera (3-6 meses en general).

Teniendo en cuenta que una gran parte de las personas que acompañamos son analfabetas o tienen un nivel de lectoescritura mínimo, el hecho de que no haya habido facilidades para solicitar esta prestación presencialmente en la oficina correspondiente ha dificultado enormemente el proceso. Hemos podido comprobar, que o la persona busca apoyo fuera del servicio público que gestiona esta prestación o si tiene dificultades con las nuevas tecnologías se queda sin acceso al IMV.

Por todo lo expuesto, creemos que es importante en este momento la reflexión conjunta sobre la importancia del IMV y la mejora social que ha conllevado en nuestro país, pero también mostrar todas estas dificultades y valorar posibles cambios para que nadie se quede atrás y el acceso a la prestación sea lo más fácil y justo posible. Sabemos que durante este periodo se han aprobado modificaciones que contemplan algunas de estas cuestiones, por lo que sabemos que la voluntad para mejorar está presente.

Lo importante es seguir caminando juntos en esta dirección como ciudadanía, la del acceso a los derechos básicos y fundamentales, y no permitir dar un paso atrás.

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